¿Qué dice la Normativa?

La Compra Ágil es una modalidad de compra mediante la cual los organismos públicos pueden adquirir de manera expedita bienes y/o servicios por un monto igual o inferior a 30 UTM, incluyendo el IVA y todos los costos asociados a la adquisición
(ej: despacho/flete). (Artículo 10 bis del Reglamento de compras)

Compra Ágil no requiere la dictación de una resolución fundada que autorice su procedencia, sino que basta únicamente con la emisión la orden de compra, aceptada por el proveedor.


¿Qué dice la Normativa?

1) Que la adquisición del bien o servicio sea por un monto igual o inferior a 30 UTM;

2) Que el comprador requiera al menos 3 cotizaciones previas, a través del Sistema de Información.